Tribunal eclesiástico
Características generales Según el can. 218, 1, del Código de Derecho Canónico (CIC), el Romano Pontífice tiene la suprema y plena potestad de jurisdicción en la Iglesia universal. En esta plenitud jurisdiccional se entiende comprendida la potestad judicial. Y dado que esta potestad, como enseña el can. 218, 2, es verdaderamente episcopal, ordinaria e inmediata, por razón del Primado del Romano Pontífice (can. 1.569, l), éste es para todo el orbe católico (can. 1.597) juez supremo y —se ha de añadir— inmediato.
Está viendo el 6% del contenido de este artículo.
Solicite el acceso a su biblioteca para poder consultar nuestros recursos electrónicos.
Ventajas de ser usuario registrado.
Acceso sin restricciones a todo el contenido de la obra.
Sólo información contrastada de prestigiosos sellos editoriales.
Contenidos de renombrados autores y actualizaciones diarias.
La nueva plataforma del Consorcio ofrece una experiencia de búsqueda de fácil manejo y de gran usabilidad. Contiene funciones únicas que permiten navegar y realizar consultas de manera ágil y dinámica.
Convenios especiales: Enseñanza Bibliotecas públicas