Derecho fiscal
Características generales El problema inicial que se plantea al abordar el concepto del Derecho fiscal reside en saber si hemos de referirnos a lo que tradicionalmente se ha venido entendiendo por tal, si más bien debemos ocuparnos del Derecho financiero, o si la exposición debería limitarse al Derecho tributario. Desde un punto de vista histórico, algunos estudiosos, como Rostowzew, opinan que, a partir del s. I, y más concretamente desde la administración del emperador Claudio I, el concepto de fiscus se amplía para aparecer no sólo como sujeto jurídico del patrimonio privado del emperador, sino también como administración financiera del Estado, y ambos referidos al emperador. Lo que demuestra que cualquier división de materia entre ambas denominaciones que pretenda hallar la luz que falta acudiendo a sus raíces termine lógicas, lo más fácil es que al final del camino se encuentre ante una oscuridad semejante a aquella de la que partió. Por otra parte, está tan arraigada la equiparación Derecho fiscal-Derecho tributario, que cualquier explicación que no la tenga en cuenta de antemano podemos decir que se autocondena al fracaso.
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