Comiso
Del latín conimissum, confiscación. Consiste en «la incautación definitiva por parte del Estado, a través de sus órganos jurisdiccionales, de los efectos, instrumentos o productos que provengan de la ejecución de un delito o falta». Es muy discutida la naturaleza jurídica de esta sanción, así como su carácter de verdadera pena, no sólo porque en algunos casos, por razones de policía preventiva, puede recaer sobre objetos no pertenecientes al inculpado, sino también porque, en el ámbito judicial, la incautación que presupone el decomiso aparece algunas veces desconectada de los propios presupuestos del delito, aplicándose la sanción sin existir condena (delincuente ausente o incapacitado). El comiso penal ha de recaer sobre los efectos e instrumentos del delito, o sobre los productos de él. Son efectos o instrumentos del delito todos aquellos útiles (ganzúas, llaves falsas, etc.) empleados por el delincuente para ejecutar la infracción. Si de modo inequívoco...
Está viendo el 33% del contenido de este artículo.
Solicite el acceso a su biblioteca para poder consultar nuestros recursos electrónicos.
Ventajas de ser usuario registrado.
Acceso sin restricciones a todo el contenido de la obra.
Sólo información contrastada de prestigiosos sellos editoriales.
Contenidos de renombrados autores y actualizaciones diarias.
La nueva plataforma del Consorcio ofrece una experiencia de búsqueda de fácil manejo y de gran usabilidad. Contiene funciones únicas que permiten navegar y realizar consultas de manera ágil y dinámica.
Convenios especiales: Enseñanza Bibliotecas públicas