Concejal
[De concejo.] Persona de un concejo o ayuntamiento. Según dictan el art. 140 de la Constitución española de 1978 y la Ley de Bases del Régimen Local (ley 2-IV-1985), “los concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto”. La elección de los concejales se realiza por un periodo de cuatro años y constituye la base de las elecciones municipales. Los concejales electos son los encargados de elegir entre ellos al alcalde, con excepción de aquellos municipios que funcionen con el régimen de concejo abierto, en cuyo caso el alcalde es...
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