Arrabal
[Del hispanoárabe ar-rabad, 'el arrabal'.] Según el Diccionario de Autoridades (1726), “Población contigua y adyacente a las ciudades y villas populosas fuera de las murallas o cercas, la qual suele gozar de las mismas franquezas y privilegios, y se gobierna por las mismas leyes y estatutos que la ciudad o villa”. Para algunos autores es una denominación andalusí que designa a una parte importante de la ciudad hispanoárabe y que es origen de numerosos topónimos de la Península. Este apelativo, que pasó al romance (documentado, según Corominas, en 1146), designó también desde la Edad Media los barrios extramuros de ciertas ciudades populosas, como Zaragoza y Santander. En al-Ándalus, el arrabal constituía una unidad independiente de la madina (medina o ciudad musulmana), amurallada y unida por una cerca a la ciudad. La superficie era muy desigual y en algunos casos su denominación se confunde con la de la calle que lo alberga; aquél se organizaba por profesiones...
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